Mecanismos de acción social del Ayuntamiento de Lleida

 

Información sobre mecanismo, destinatarios y requesitos

Los usuarios de la localidad de Lleida disponen de la posibilidad de acogerse a una bonificación en el Canon d'Aigua para las familias numerosas en familias de cuatro o más miembros o en viviendas donde consten empadronados 4 o más miembros.

  • En las unidades familiares o viviendas con personas con un grado de discapacidad superior al 75%, las cuales computarán como dos personas, que añadidas a los demás miembros empadronados sumen 4 o más personas.
  • Esta bonificación consiste en la ampliación de los tramos del canon del agua permite añadir al primer tramo 3 m3 mensuales por persona a los límites de consumo de agua establecidos por el 1er tramo, 2 m3 mensuales por persona para el 2º tramo y 1 m3 por persona al mes en el caso del 3er tramo.

En caso de que el contrato de suministro este a nombre de persona distinta al solicitante, se deberá efectuar el cambio de titularidad del mismo.

Esta solicitud no será admitida si la instalación no reúne las condiciones adecuadas y exigidas por la formativa vigente, para lo cual el servicio realizará la inspección correspondiente, poniéndose en contacto con el cliente si fuera necesario.

Asimismo, los habitantes de la localidad de Lleida disponen de el Convenio Fondo Social Municipal. Este convenio entre Aqualia y el Ayuntamiento de Lleida implica la creación de un fondo municipal de solidaridad a través del que se concederán ayudas a fondo perdido para hacer frente al pago de facturas de aquellas personas o familias que se encuentren en situación de vulnerabilidad o de riesgo de exclusión social.

Aquellos usuarios que se acojan a este convenio se les podrán compensar las facturas contra el fondo social. Esta compensación puede ser del 100% o del 50% de las cuotas y de los primeros tramos de consumo de los conceptos variables. El porcentaje a aplicar lo decidirán los servicios sociales del Ayuntamiento.

Los solicitantes deben cumplir los siguientes requisitos:

  • La persona solicitante deberá ser mayor de 18 años o estar emancipado legalmente.
  • Deberá ser el titular del contrato de suministro y / o la persona que asume los gastos derivados del mismo.
  • En el momento de la solicitud deberá acreditar un empadronamiento en Lleida de dos años anteriores, y empadronamiento actual en la vivienda para la que se solicita la ayuda.

Sin embargo, se valorarán previo informe técnico las situaciones excepcionales que imposibiliten el empadronamiento, y podrán ser beneficiarios de esta ayuda las unidades de convivencia que no cumpliendo con el requisito de empadronamiento requieran la cobertura de necesidades básicas esenciales o presenten situaciones de vulnerabilidad social.

  • Que la unidad de convivencia tenga unos ingresos iguales o inferiores: IRSC* mensual para una persona sola, ponderado por IRSC* x 0,5 por cada adulto de más y IRSC* x 0,3 por cada niño de más.
  • No disponer de bienes inmuebles, distintos a la vivienda habitual, con los cuales se disponga de derecho de propiedad, posesión o usufructo; no disponer de recursos alternativos que demuestren la existencia de medios suficientes para atender la necesidad para la que se solicita la ayuda.
  • No tener acceso a prestaciones económicas otorgadas por otras administraciones que puedan cubrir la necesidad surgida.

* Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña

Documentación necesaria para solicitar la bonificación en la tarifa

Los interesados en solicitar la tarifa bonificada y que cumplan los requisitos establecidos en "DECRET 103/2000, de 6 de març, pel qual s'aprova el Reglament dels tributs gestionats per l'Agència Catalana de l'Aigua" y "Conveni Entre L´Ajuntament Lleida i FCC-Aqualia en matèria de pobresa energética. Lleida, 3 de noviembre de 2020". Deberán presentar a través de esta web ,en la Agència Catalana de l’Aigua o de forma presencial en la oficina Lleida la siguiente documentación:

  • Formulario cumplimentado creado a tal efecto, que puede encontrar en la web de la Agència Catalana de l’Aigua.

Puede enviar la documentación requerida a través del siguiente correo electrónico: lleida@aqualia.fcc.es

 

Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica

 

De acuerdo con el Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, Aqualia pone a disposición de los usuarios la solicitud de acreditación de la vulnerabilidad.

Es necesario acreditar la situación de vulnerabilidad presentando este formulario correctamente cumplimentado junto con la documentación requerida en el documento y presentarlo en las oficinas de Atención al Cliente de Aqualia o bien cargarlo a través de esta web.

El Bono Social se enmarca en el firme compromiso que Aqualia adquiere con los municipios en los que presta servicio para aportar las mejores soluciones, tanto técnicas como sociales y medioambientales, en beneficio de los ciudadanos.

Formulario Acreditación de Vulnerabilidad

Incluye:

  • Ultima factura luz como beneficiario Bono Social

En caso de no poder acreditar la titularidad del suministro:En caso de no poder acreditar la titularidad del suministro: 

  • Fotocopia del DNI, así como de todos los miembros de la unidad de convivencia formada por personas con vínculos de parentesco o análogos y, en su caso, de las personas sin vínculos de parentesco o análogos entre sí que se encuentren en la vivienda.
  • Acreditación organismo: Entrega de forma conjunta
    • Certificado de los Servicios Sociales   o del órgano competente, o del que designe la comunidad autónoma, que acredite clasificación de vulnerabilidad.
    • Certificado de empadronamiento en vigor. El consumidor del punto de suministro y todos los miembros de la unidad familiar a las que hace referencia el certificado acreditarán estar empadronados mediante DNI o Certificado empadronamiento.

       

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