
Mecanismos de acción social del Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía
Información sobre mecanismo, destinatarios y requisitos
Los habitantes de la localidad de Fuentes de Andalucía disponen de la posibilidad de acogerse a distintas bonificaciones en función de las siguientes circunstancias:
Familias numerosas
Tendrán derecho a una bonificación en los bloques de abastecimiento aquellos sujetos pasivos que ostenten la condición de titulares de familias numerosas, que acrediten tal situación mediante correspondiente documento administrativo expedido por la Comunidad Autónoma:
Bloques | Consumo | Euros |
---|---|---|
1º | 0 a 8 m3 | 0,60€ |
2º | 0 a 20 m3 | 0,76€ |
3º | 21 a 36 m3 | 1,30€ |
4º | > 36 m3 | 2,30€ |
Para gozar de esta bonificación será preciso el cumplimiento simultaneo de las siguientes condiciones:
- Que se formule solicitud expresa, por parte del titular del suministro, miembro de dicha familia, que figure como abonado, obligado al pago de la tasa, en la factura del periodo a partir del cual se efectúa la solicitud; y respecto del consumo del domicilio familiar.
- Que el titular del suministro y los miembros de la familia estén empadronados y residan en el término municipal en el mismo domicilio del suministro.
- Que la vivienda objeto de la bonificación tenga contratado el suministro individual de agua con contador divisionario.
- Que ni el beneficiario ni los miembros de su unidad familiar sean sujetos pasivos en esta Tasa por otra vivienda distinta a la afectada por esta bonificación.
El cumplimiento de los requisitos anteriores se acreditará mediante la aportación de los documentos que justifiquen el derecho al disfrute del beneficio, sin perjuicio de la oportuna comprobación por parte de la Administración del Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía.
Pensionistas por jubilación o invalidez
Tendrán derecho a una bonificación los beneficiarios de una prestación de la Seguridad Social o de la Secretaria General de Atención a la Dependencia de Andalucía u organismo público que asuma en la Comunidad las competencias en relación con la Ley de Dependencia, cuyo importe no supere el resultado de multiplicar por 1.35 el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente o 1.60 veces dicho IPREM en el caso de tener cónyuge o persona con análoga relación de convivencia, sumando los ingresos totales de ambos.
Bloques | Consumo | Euros |
---|---|---|
1º | 0 a 8 m3 | 0,60€ |
2º | 0 a 20 8 m3 | 0,64€ |
3º | 21 a 36 m3 | 1,20€ |
4º | > 36 m3 | 2,40€ |
En los supuestos de tener cargas familiares distintas a la del cónyuge (hijos menores de edad, hijos hasta los 25 años inclusive que se encuentres en situación legal de desempleo o cursando estudios, o hijos discapacitados sin ingresos), a dichos topes económicos se incrementará 0.25 veces el referido IPREM por cada persona dependiente.
No podrán acogerse a esta tarifa quienes cumpliendo el requisito anterior obtengan ingresos adicionales que en cómputo anual superes en 2 veces el IPREM; bien sea de quien lo solicite o de las personas que convivan en la misma vivienda. Asimismo, el patrimonio mobiliario del solicitante o de los convivientes no será superior a € 25.000 excluido el valor de su vivienda habitual.
El plazo improrrogable entre el 15 de octubre y 30 de noviembre.
Documentación necesaria para solicitar la bonificación en la tarifa
Familias numerosas
- Escrito solicitud. Documento Obligatorio.
- Copia compulsada los carnés acreditativos de la condición de familia numerosa en vigor. Documento Obligatorio.
- En el caso de vivienda donde conviven más de cuatro personas será necesario aportar certificados de empadronamiento y convivencia que acrediten tal hecho. Documento Obligatorio.
Pensionistas por jubilación o invalidez
- Escrito solicitud. Documento Obligatorio.
- Solicitud Certificado de la prestación recibida. Documento Obligatorio.
- Declaración de la Renta. Documento Obligatorio.
- Certificados de empadronamiento. Documento Obligatorio.
Puede adjuntar la documentación requerida a través del correo electrónico: fuentesdeandalucia@fcc
Existe asimismo para todos los habitantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía una reducción transitoria de la cuota íntegra del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma.
Para los hechos imponibles del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma que se devenguen desde el día 1 de enero hasta el día 31 de diciembre de 2023, correspondientes a periodos de facturación cuya fecha fin de lectura esté comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023, se establece la siguiente cuota fija por disponibilidad y la siguiente tarifa progresiva por tramos para el cálculo de la cuota variable:
- La cuota fija para usos domésticos establecida en el artículo 86 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, será de cero euros al mes por usuario.
- La tarifa progresiva por tramos aplicable a la base liquidable para el cálculo de la cuota variable, establecida en el artículo 87 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, será la siguiente:
- Uso doméstico:
- Consumo entre 2 m³ y 10 m³/vivienda /mes 0 euros/m³.
- Consumo superior a 10 m³ hasta 18 m³/vivienda/mes 0 euros/m³.
- Consumo superior a 18 m³/vivienda /mes 0 euros/m³ .
- Usos no domésticos:
- Consumo por m³/mes 0 euros/m³.
- Pérdidas en redes de abastecimiento 0 euros/m³.
- Fugas de agua en la instalación interior de suministro 0 euros/m³.
- Uso doméstico:
Dicha tarifa es de aplicación general por lo que no es necesaria su solicitud.
Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica
De acuerdo con el Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, el prestador del servicio de aguas pone a disposición de los usuarios la solicitud de acreditación de la vulnerabilidad.
Es necesario acreditar la situación de vulnerabilidad presentando este formulario correctamente cumplimentado junto con la documentación requerida en el documento y presentarlo en las oficinas de Atención al Cliente de la empresa suministradora de agua o bien cargarlo a través de esta web.
El Bono Social se enmarca en el firme compromiso que la empresa suministradora de agua adquiere con los municipios en los que presta servicio para aportar las mejores soluciones, tanto técnicas como sociales y medioambientales, en beneficio de los ciudadanos.